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Marco legal
El Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM), es una dependencia del Ministerio de Defensa, según el Art.- 58, párrafo IV de la Ley Orgánica de las Fuerzas Amadas de la República Dominicana, No- 139-13, del 13 de septiembre del 2013.
Inicialmente, el CECCOM fue creado como dependencia del Ministerio de Industria y Comercio (MIC) mediante el Decreto No.279-04 del 5 de abril del año 2004, para el control, seguridad y prevención de fraudes de las operaciones de distribución y comercialización de los combustibles a nivel nacional. Dentro de sus operaciones están la supervisión y vigilancia de las actividades comerciales de distribución y comercialización de los combustibles, previniendo las actividades ilícitas, en el almacenamiento, transportación y ventas de combustibles, pasando a ser dependencia del Ministerio de Defensa con la precitada Ley.
Por las ordenanzas emanadas del Decreto citado precedentemente, el CECCOM enmarca y sustenta sus operaciones en todas las Leyes, Reglamentos y Resoluciones que afectan el comercio de los combustibles en los límites de la República Dominicana.
Tiene la facultad, en compañía del Ministerio Público, de realizar investigaciones y operativos con la finalidad de incautar los equipos y combustibles, en caso de detectar actividades que no estén de conformidad con las leyes y reglamentaciones vigentes. En sus operativos se apoya en el Marco regulatorio de combustibles del Ministerio de Industria y Comercio.